Autora: María Concepción Torres Díaz. Abogada y Profesora de Derecho Constitucional (UA). Artículo publiado originalmente en la sección ‘pensamiento’ de Bez.es. Fecha de publicación: 28/04/2016. Puede consultarse aquí: http://www.bez.es/8415577/Polemicas-de-la-materninad-subrrogada.html
El pasado 17 de marzo la Asamblea de Madrid rechazó la Proposición no de Ley sobre Gestación Subrogada del Grupo Parlamentario de Ciudadanos por la que instaba al Gobierno a la Nación a impulsar de forma inmediata una Ley de regulación de Gestación Subrogada “que garantice los derechos de todas las personas intervinientes en el proceso, y de forma especial a los menores fruto de esa técnica de reproducción”. Pues bien, son muchas las cuestiones sobre la que reflexionar al hilo del propio texto de la Proposición no de Ley teniendo en cuenta que tiene como antecedente inmediato la Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Unió Progreso y Democracia para la creación de un marco regulatorio para la gestación subrogada que fue objeto de abordaje en la legislatura anterior. Se constata, por tanto, los intentos regulatorios sobre una materia no pacífica y objeto de posturas enfrentadas. De ahí la necesidad de centrar el objeto del debate actual y de hacerlo en base a una triple dimensión, a saber:
- Desde la óptica de los derechos humanos (y/o fundamentales) y los límites que éstos imponen a los poderes establecidos (y, en especial, al legislativo).
- Desde los planteamientos de la bioética y los bioderechos y, obviamente, desde el biopoder en clara alusión a Foucault en La Historia de la Sexualidad.
- Desde la perspectiva de género como categoría de análisis jurídico y sus implicaciones en el reconocimiento de la subjetividad jurídica y política de las mujeres.