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Category: Sin categoría

Acoso sexual y discriminación estructural

‘Acoso sexual y discriminación estructural’. Artículo de la profesora de Derecho Constitucional y abogada D.ª Concepción Torres. Publicado en su versión original en Agenda Pública. Fecha de publicación: 13/11/2017. Puede consultarse aquí: http://agendapublica.elperiodico.com/acoso-sexual-discriminacion-estructural/. Publicado también en elperiodico.com. Fecha de publicación 16/11/2017: http://www.elperiodico.com/es/observatorio-social/20171116/acoso-sexual-y-discriminacion-estructural-6427729

El 5 de octubre los medios se hacían eco del caso Weinstein sobre acoso sexual en Hollywood en donde actrices y empleadas de la industria cinematográfica se sumaban a las denuncias contra el productor norteamericano. En Reino Unido la dimisión del Ministro de Defensa el 1 de noviembre volvía a sacar a la palestra informativa el acoso sexual. En la misma línea los medios se hacían eco de la denuncia por acoso sexual de la escritora Anna Graham contra Dustin Hoffman. El propio Parlamento Europeo debatió en Pleno sobre la materia el pasado 25 de octubre en donde eurodiputadas preguntaban a la Comisión acerca de las medidas de la UE para evitar casos de acoso sexual y/o violencia sexual. Sin duda – y lejos de lo que cabría esperar – no estamos ante casos aislados. Los datos así lo constatan cuando la propia Agencia Europea de Derechos Humanos hacía público un informe en 2014 en donde alertaba que un 55% de mujeres europeas habían experimentado una o más formas de acoso sexual a lo largo de su vida (¡ojo! Esos datos equivalen a 100 millones de mujeres en la UE). Pero hay más datos a extrapolar del informe referenciado como los siguientes: Continue Reading

Justicia y género: de la teoría iusfeminista a la práctica judicial

05/04/2017. Justicia y género: de la teoría iusfeminista a la práctica judicial. Artículo de D.ª Concepción Torres. Abogada y Profesora de Derecho Constitucional (Universidad de Alicante). Publicado en su versión original en el Blog de la Revista Catalana de Dret Pùblic. Puede consultarse aquí: https://eapc-rcdp.blog.gencat.cat/2017/04/05/justicia-y-genero-de-la-teoria-iusfeminista-a-la-practica-judicial-maria-concepcion-torres-diaz/

El pasado 7 de marzo de 2017 la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Canarias dictaba una sentencia en suplicación frente a la sentencia del Juzgado de lo Social nº 6 de Las Palmas de Gran Canaria en materia de prestación de viudedad en un caso de violencia de género. La sentencia resulta pionera y, en cierta forma, marca un antes y un después en la jurisprudencia española en la medida en que alude sin ambages a la perspectiva de género como criterio de interpretación y aplicación normativa y da pautas para su implementación como parámetro a tener en cuenta en el estudio de casos, en la práctica judicial, valoración de pruebas, etc.

Pero vayamos por partes y veamos que novedades importantes introduce la sentencia objeto de comentario que evidencia cómo el iusfeminismo –dotado de un importante sustento teórico– traslada su ámbito de actuación a la práctica judicial, esto es, al lugar donde los derechos se concretan, se reconocen y se hacen realidad. Pero es más, veamos las potencialidades del ‘género’ como categoría de análisis jurídico central dentro del feminismo jurídico en cuanto ayuda:

  1. a) En primer lugar, a desmontar la ‘neutralidad’ imperante de la construcción jurídica del modelo normativo de lo humano;
  2. b) En segundo lugar, a reflexionar e identificar el sexismo subyacente en las normas jurídicas extrapolándose a los ámbitos interpretativos y aplicativos;
  3. c) Y, en tercer lugar, a denunciar el androcentrismo del Derecho y de los derechos cuando el discurso jurídico se articula desde la legitimidad discursiva –desde el poder socio/sexual– de un sujeto-persona-parámetro que hace abstracción de la sexuación de los sujetos de derechos, perfilándose ‘lo no masculino’ como lo inesencial y lo parcial y ubicando ‘lo femenino’ en la alteridad del fenómeno jurídico general.

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Ante el debate sobre la reforma constitucional desde la perspectiva de género …

Artículo de Concepción Torres, Abogada y Profesora de Derecho Constitucional de la Universidad de Alicante. Con interesantes aportaciones para dotar de fundamentalidad el derecho a una vida libre de violencia de género.

Publicado en Themis, Revista Jurídica de Igualdad de Género, nº 13, Primer semestre, 2013, Madrid, pp. 20-33.

En el repositorio académico RUA aquí: https://rua.ua.es/dspace/handle/10045/78807

En Dialnet aquí: https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=6537643

 

 

El derecho a la salud ante el TC: ¿reinterpretación doctrinal?

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Autora: María Concepción Torres Díaz. Abogada y Profesora de Derecho Constitucional. Publicación original en Bez.es. Fecha de publicación: 23/08/2016.

En líneas generales, las cuestiones sobre las que se ciernen las dudas sobre la constitucionalidad de la norma se pueden aglutinar en dos grupos. Unas relacionadas con los límites materiales y formales del decreto ley y otras de carácter sustantivo. Con respecto a las primeras se cuestiona la concurrencia de la extraordinaria y urgente necesidad (art. 86.1 de la Constitución) para legislar por decreto ley, se denuncia que las modificaciones acometidas mediante esta norma no son de carácter coyuntural sino estructural y, por último, que estas sobrepasan los límites materiales aplicables al decreto ley por afectar a derechos, deberes y libertades constitucionales y al régimen de las comunidades autónomas.

Desde el punto de vista sustantivo, las dudas sobre la constitucionalidad de la norma se centran en la infracción del art. 43 de la Constitución, en relación en el régimen de aportación de los usuarios y usuarias a determinadas prestaciones sanitarias, la transformación de un sistema universalista en un sistema de aseguramiento que exige el pago de las prestaciones o la suscripción de un convenio especial, la sustancial modificación del sistema de protección de la salud del que venían disfrutando los inmigrantes, la modificación de la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud (SNS) y del sistema de aportaciones económicas en la prestación farmacéutica de los pensionistas, la afectación al derecho a la protección de datos (art. 18.4 de la Constitución) y al régimen de las comunidades autónomas, por cuanto exige que se garantice previamente la suficiencia financiera en el marco de los criterios de estabilidad presupuestaria.

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¿Y qué pasa con la fecha para la investidura?

Mª Concepción Torres

Concepción Torres

Autora: M.ª Concepción Torres. Abogada y profesora de Derecho Constitucional. Publicado originalmente en Bez.es. Fecha de publicación: 09/08/2016.

El pasado 28 de julio de 2016 la Presidenta del Congreso de los Diputados hacía público el nombre propuesto por el Rey como candidato a la Presidencia del Gobierno a tenor de la dicción literal del art. 99.1 CE que dice:

Después de cada renovación del Congreso de los Diputados, y en los demás supuestos constitucionalizas en que así proceda, el Rey, previa consulta con los representantes designados por los grupos políticos con representación parlamentaria, y a través del Presidente del Congreso, propondrá un candidato a la Presidencia del Gobierno” Continue Reading

La violencia que prevalece en el ámbito de la pareja o ex pareja es de género

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Autora: María Concepción Torres Díaz. Abogada y Profesora de Derecho Constitucional. Publicado originalmente en Agenda Pública. Fecha de publicación: 27/07/2016.

El título del presente post intenta dar respuesta al tipo de violencia que prevalece en el ámbito de la pareja o ex pareja frente a la confusión existente cuando se trata de delimitar ésta y cuando se trata de indagar en los elementos nucleares que resultan determinantes para establecer políticas públicas eficaces y/o recursos para su abordaje. Y es que es de sobra conocido que no es lo mismo – en este ámbito relacional – hablar de violencia de género que de violencia doméstica. De ahí la importancia del posicionamiento público de los partidos políticos durante la última campaña electoral y de ahí la decepción de los escasos 26 segundos que en el ‘debate a cuatro’ le dedicaron. Continue Reading

Rompiendo con la violencia epistémica

Mª Concepción Torres

Autora: M.ª Concepción Torres. Profesora de Derecho Constitucional en la Universidad de Alicante y Abogada. Publicado originalmente en Tribuna Feminista. Fecha de publicación: 12/07/2016.

El 4 de julio el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) hacía publico el Informe “Análisis de las sentencias dictadas por los Tribunales del Jurado y por las Audiencias Provinciales en el año 2014, relativas a homicidios y/o asesinatos consumados entre los miembros de la pareja o ex pareja y de menores a  manos de sus progenitores”. El informe viene a sumarse a los dos informes presentados el pasado 17 de febrero relativos, respectivamente, a las sentencias dictadas por los Tribunales del Jurado y por las Audiencias Provinciales en los años 2012 y 2013 en donde se analizan y estudian los homicidios y/o asesinatos consumados entre los miembros de la pareja o ex pareja.

En líneas generales los tres informes reseñan la importancia de este tipo de estudios basados en casos (sentencias dictadas tras la celebración del juicio oral con todas las garantías) en casos de homicidios y/o asesinatos consumado puesto que “(…) ayudan a ver que la violencia entre los miembros de la pareja o ex pareja tiene sus raíces en el ‘género’ y es asimétrico en cuanto al sexo de sus autores”. Sin duda importantes referencias si de lo que se trata es de romper con la violencia epistémica imperante en esta materia cuando desde ciertos sectores:

  • Se niega la existencia de la violencia de género;
  • Se alude indistintamente a violencia de género y violencia doméstica confundiendo ambos términos;
  • Y cuando, en el ámbito de los conocimientos, se invisibiliza esa visión crítica que permite advertir cómo la historia no se ha caracterizado por una generación imparcial de saberes sino que éstos han venido modulándose de acuerdo a las epistemes dominantes y a su ideología legitimadora.

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¿Qué devela el género en el análisis de la violencia contra las mujeres?

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Autora: María Concepción Torres Díaz. Abogada y Profesora de Derecho Constitucional (UA).

Artículo original publicado en Agenda Pública. Fecha de publicación: 7/02/2016. Puede consultarse aquí: http://agendapublica.es/3045-2/

En este momento político de pactos es necesario recordar que recientemente diversos medios de comunicación se hacían eco de las propuestas de Ciudadanos en materia de violencia de género recogidas en su programa electoral con motivo del 20D. Saltaban a la palestra informativa propuestas como las de “acabar con la asimetría penal por cuestión de sexo” así como errores conceptuales de calado al afirmar que la violencia de género es bidireccional. Pues bien, la pregunta es obligada: ¿qué denotan estas manifestaciones? Obviamente, un profundo desconocimiento de la realidad de este tipo de violencia y del marco conceptual adecuado para su abordaje. ¡Ojo!, pero este desconocimiento no es solo de esta formación política sino que es más generalizado afectando a sectores en los que la formación especializada debería exigirse en requisito sine qua non.

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Cuando el objeto de transacción es el útero de las mujeres

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Autora: María Concepción Torres Díaz. Abogada y Profesora de Derecho Constitucional (UA). Artículo publiado originalmente en la sección ‘pensamiento’ de Bez.es. Fecha de publicación: 28/04/2016. Puede consultarse aquí: http://www.bez.es/8415577/Polemicas-de-la-materninad-subrrogada.html

El pasado 17 de marzo la Asamblea de Madrid rechazó la Proposición no de Ley sobre Gestación Subrogada del Grupo Parlamentario de Ciudadanos por la que instaba al Gobierno a la Nación a impulsar de forma inmediata una Ley de regulación de Gestación Subrogada “que garantice los derechos de todas las personas intervinientes en el proceso, y de forma especial a los menores fruto de esa técnica de reproducción”. Pues bien, son muchas las cuestiones sobre la que reflexionar al hilo del propio texto de la Proposición no de Ley teniendo en cuenta que tiene como antecedente inmediato la Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Unió Progreso y Democracia para la creación de un marco regulatorio para la gestación subrogada que fue objeto de abordaje en la legislatura anterior. Se constata, por tanto, los intentos regulatorios sobre una materia no pacífica y objeto de posturas enfrentadas. De ahí la necesidad de centrar el objeto del debate actual y de hacerlo en base a una triple dimensión, a saber:

  • Desde la óptica de los derechos humanos (y/o fundamentales) y los límites que éstos imponen a los poderes establecidos (y, en especial, al legislativo).
  • Desde los planteamientos de la bioética y los bioderechos y, obviamente, desde el biopoder en clara alusión a Foucault en La Historia de la Sexualidad.
  • Desde la perspectiva de género como categoría de análisis jurídico y sus implicaciones en el reconocimiento de la subjetividad jurídica y política de las mujeres.

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