M.ª Concepción Torres Díaz

19/07/2015

Autora: María Concepción Torres Díaz. Profesora de Derecho Constitucional (UA) y Abogada.

Publicado originalmente en el Blog de Agenda Pública en eldiario.es. Puede consultarse en la siguiente dirección url: http://www.eldiario.es/agendapublica/vueltas-objecion-conciencia-pildora-poscoital_0_410859210.html

El 25 de junio de 2015 el Pleno del Tribunal Constitucional (TC, en adelante) otorgó el amparo a un farmacéutico de Sevilla que fue sancionado por la Junta de Andalucía por no disponer en la oficina de farmacia de la llamada ‘píldora del día después’. Pues bien, tras la lectura de la sentencia referenciada así como de los dos votos particulares ( uno y otro) y del voto concurrente del propio ponente de la sentencia son muchas las cuestiones sobre las que reflexionar. Cuestiones que – incluso – nos permiten ir más allá de la propia delimitación constitucional del derecho a la objeción de conciencia: alcance del derecho, naturaleza jurídica, límites y garantías. Aspectos – éstos – suficientemente consolidados tras un análisis de la evolución de la propia doctrina constitucional a través de su jurisprudencia. Véanse si no – en este sentido – las SSTC 53/1985, FJ. 14; 15/1982, FJ. 6; y, 161/1987, FJ. 3, entre otras. Y junto a estas sentencias no dejen de leer tampoco la STS 3059/2009, de 11 de mayo así como la STEDH de 2 de octubre de 2001 , caso Pichon y Sajous c. Francia. Continue Reading