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Tag Archives: derechos de las y los menores

Patria potestad y violencia de género: ¿cambio de paradigma?

Autora: María Concepción Torres Díaz. Abogada y Profesora de Derecho Constitucional (UA). Analista de Agenda Pública. Publicación original en Agenda Pública. Fecha de publicación: 16/02/2016. Puede consultarse aquí: http://agendapublica.es/patria-potestad-y-violencia-de-genero-cambio-de-paradigma/

El pasado 29 de septiembre la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo avaló la privación de la patria potestad por vía penal en un intento de asesinato de la pareja presenciado por la hija menor. La sentencia resulta significativa teniendo en cuenta la reacia tendencia jurisprudencial del Tribunal Supremo relativa a la pena de privación de la patria potestad – sin perjuicio de acudir a la vía civil – y todo ello pese a que desde el 2010 la reforma introducida en el art. 55 del Código Penal prevé – como potestativa y con naturaleza accesoria – tal imposición en penas de prisión igual o superior a diez años siempre y cuando exista una relación directa entre el delito cometido y la privación de este derecho. Significativas resultan – en estos sentido – las palabras del Supremo cuando en su fundamento jurídico quinto dice textualmente: “(…) repugna legal y moralmente, mantener al padre en la titularidad de unas funciones respecto de las que se ha mostrado indigno pues resulta difícil imaginar un más grave incumplimiento de los deberes inherentes a la patria potestad que el menor presencie el severo intento del padre de asesinar a su madre”. Se trata de una sentencia importante en tanto en cuanto se podría decir que marca un antes y un después en el ámbito de la violencia de género y en su afectación a las y los menores. La razón es obvia toda vez que cabe observar una ruptura con ese discurso jurisprudencial/patriarcal dominante que ha visto compatible ser un agresor por violencia de género a la par que un buen padre de familia. El propio Supremo – en la sentencia referenciada – habla de ‘resistencia’ a la aplicación en el proceso penal de la pena de privación de la patria potestad. Resistencia que cabe constatar tras un análisis de su jurisprudencia concretándose en la adopción del Acuerdo del Pleno no Jurisdiccional de Sala de 26 de mayo de 2000. Ahora bien, ¿Cuáles son los términos en los que se concreta esa ruptura discursiva dominante en sede jurisprudencial? ¿Habrán influido las últimas modificaciones normativas en materia de protección de menores, a saber; Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia y, Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y la adolescencia? ¿Y el II Plan de Infancia y Adolescencia 2013-2016? ¿Y la condena de la ONU a España en el caso González Carreño? Pues bien, vayamos por parte y veamos en donde radican los cambios:

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¿De qué hablamos cuando hablamos de custodia compartida?

  12/02/2015

Autora: M.ª Concepción Torres Díaz. Profesora de Derecho Constitucional (UA) y abogada. Publicado originalmente en el Blog de Agenda Pública para el eldiario.es. Puede consultarse en la siguiente dirección url: http://www.eldiario.es/agendapublica/impacto_social/hablamos-custodia-compartida_0_355915428.html

El pasado 30 de octubre de 2014 la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo negaba la custodia compartida de un menor al rechazar el recurso presentado por el padre en un proceso de divorcio. El Alto Tribunal funda su decisión en la ‘conflictividad’ existente en la relación entre los progenitores (diversos medios se hicieron eco de la noticia: aquí, aquí y aquí). La sentencia no deja de ser novedosa en la medida en que es el propio Supremo el que matiza su doctrina. Continue Reading

Violencia de género y protección de menores: ¿qué dicen los datos?

Autora: María Concepción Torres Díaz. Abogada y Profesora de Derecho Constitucional (UA). Artículo publicado originalmente en Agenda Pública. (Fecha de publicación: 12/04/2016). Puede consultarse aquí: http://agendapublica.es/violencia-de-genero-y-proteccion-de-menores-que-dicen-los-datos/

El pasado 11 de marzo de 2016 el Grupo de Expertos/as del Observatorio de Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial hacía públicos los datos sobre denuncias, procedimientos penales y civiles registrados, órdenes de protección y medidas de protección y seguridad solicitadas en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer (JVM) y sentencias dictadas por los órganos jurisdiccionales en esta materia en el año 2015.  Entre los datos a destacar cabe prestar especial atención a las medidas de protección sobre menores adoptadas en el marco de la orden de protección (OP, en adelante) y/o como medidas cautelares (MC, en adelante). Y es que se observa un incremento – mínimo, eso sí – en la adopción de medidas de suspensión del régimen de visitas (728 en el marco OP y 60 como MC), suspensión de la patria potestad (84 OP y 9 MC) y suspensión de la guarda y custodia (1223 OP y 46 MC) con respecto al año anterior. Sin duda son datos a tener en cuenta que, en cierta forma, parecen querer atisbar un cierto cambio de paradigma en lo que atañe a la conceptualización de las y los menores como víctimas de la violencia de género que se ejerce sobre sus madres en clara consonancia con los últimos cambios normativos recogidos, básicamente, en la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y la adolescencia y Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito. En la misma tendencia de cambio cabría ubicar la nueva línea doctrinal que parece vislumbrarse tras las últimas sentencias del Tribunal Supremo (STS, Sala de lo Penal de 30 de septiembre de 2015; STS, Sala de lo Civil de 26 de noviembre de 2015; STS, Sala de lo Civil de 4 de febrero de 2016) e, incluso, del Tribunal Constitucional (STC 16/2016, de 1 de febrero) en lo que afecta a la delimitación de términos que no son nuevos pero que gozaban de cierta vaguedad normativa y/o jurisprudencial habiendo sido interpretados tradicionalmente desde un posicionamiento falsamente neutral (y/o con sesgos de género) que no solo veían compatible ser un buen padre de familia con un agresor por violencia de género sino que desvirtuaban la subjetividad jurídica de las y los menores en aspectos tan concretos (y relevantes) desde la óptica del reconocimiento de sus derechos como la determinación del llamado “interés superior de las y los menores” y del “derecho de éstos a ser escuchados”. Continue Reading

La «especial trascendencia constitucional» ante la violencia machista

Por María Concepción Torres Díaz. Abogada y Profesora de Derecho Constitucional (UA)

02/09/2015

El pasado 25 de mayo diversos medios de comunicación social se hacían eco de la decisión del Tribunal Constitucional (TC, en adelante) de suspender cautelarmente la orden que obligaba a una madre de Jaén a entregar a su hija al padre imputado en España por violencia de género. Éste era uno de los pronunciamientos de la providencia de admisión a trámite del máximo intérprete constitucional ante el recurso de amparo presentado por la madre. Sin duda, un pronunciamiento esperanzador desde el punto de vista particular para la recurrente en amparo pero cuya trascendencia cabe esperar que vaya más allá por los derechos susceptibles de verse afectados y por la ‘especial trascendencia constitucional’ que aunque – sin entrar en el fondo de la cuestión – la Sala Segunda del TC parece atisbar en estos momentos en donde su valoración se concreta únicamente como mero requisito formal de admisión del recurso planteado (vid. art. 50.1 LOTC). Continue Reading

«Pedagogía del privilegio» y violencia de género: datos sobre medidas que afectan a menores

08/03/2015

Autora: María Concepción Torres Díaz. Profesora de Derecho Constitucional (UA) y Abogada.

La violencia de género hunde sus raíces en la desigualdad estructural de mujeres y hombres fruto del sistema sexo/género o de la forma de socialización patriarcal. Una desigualdad que se erige en la más grave de todas y que supone un riesgo para la vida y las expectativas vitales y profesionales de más de la mitad de la humanidad. Una desigualdad que es discriminatoria y, por tanto, sobre la que se erige la responsabilidad estatal – en el marco de la diligencia debida – para diseñar e implementar medidas legislativas y/o políticas activas que permitan su erradicación. Y es que no hacer nada (o no actuar con la debida diligencia) es aceptar una lógica que ha favorecido (y sigue favoreciendo) el llamado ‘dividendo patriarcal’ (Connel, 1987). Es aceptar que nada se puede cambiar y que existe un orden natural de las cosas que prescribe comportamientos y actitudes ‘normalizadas’ y ‘naturalizadas’ desde una sutil ‘pedagogía del privilegio’ que no duda en adaptar y modular sus discursos pero sin ninguna intención de cambiar. Continue Reading